ECOBOLSA - Sorteo Extraordinario de Navidad: la guía fiscal definitiva por si este año sí te toca

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17/12/2025 12:07:41

Sorteo Extraordinario de Navidad: la guía fiscal definitiva por si este año sí te toca

Ganar el Gordo de la Lotería de Navidad es un golpe de suerte, pero saber gestionarlo bien es una cuestión de conocimiento y planificación. Porque la suerte puede tocarte un día, pero el impacto de tus decisiones se extiende durante muchos años. A la euforia inicial le siguen las dudas: ¿cómo se cobra un premio grande? ¿Cuánto retiene Hacienda? ¿Qué ocurre si el décimo es compartido? ¿Qué debemos hacer con el dinero? ¿Lo invertimos? ¿Conviene amortizar la hipoteca? ¿Qué errores se deben evitar?

Sorteo Extraordinario de Navidad: la guía fiscal definitiva por si este año sí te toca

Casi todos los españoles escuchamos a los niños de San Ildefonso cantar los premios del Sorteo Extraordinario de Navidad. Se trata de un momento cargado de tradición, con millones de familias siguiendo el sorteo con la ilusión de que toque el premio Gordo. Esa ilusión es universal, pero la realidad que viene después puede ser relativamente confusa. Incluso si, efectivamente, nos termina tocando el máximo premio disponible.

Entender cómo funciona su fiscalidad, cumplir correctamente con los trámites y tomarse el tiempo necesario para decidir qué hacer con el dinero puede marcar la diferencia entre una alegría pasajera y una mejora real y duradera de la situación financiera.

Para aclarar todas estas dudas y entender este proceso de forma clara y práctica, Rodrigo de Salazar, responsable de asesoría fiscal de Negocio de Ibercaja, analiza y explica paso a paso la fiscalidad aplicable y ofrece claves útiles para administrar de manera adecuada un premio tan cuantioso.

1. ¿Cuánto dinero se reparte en este Sorteo Extraordinario de Navidad? El Sorteo Extraordinario de Navidad de 2025 reparte un total de 2.772 millones de euros en premios, una cifra récord que convierte al sorteo en uno de los eventos económicos más relevantes del país. Con tantos millones en juego, es imprescindible entender bien cómo funciona el cobro y la tributación de estos para no cometer fallos que nos hagan perder parte de nuestro premio.

2. ¿Dónde y cómo se cobra el premio? El modo en que podemos cobrar el premio que obtengamos depende de la cantidad con la que hayamos sido agraciados. Así, los premios por debajo de los 2.000 euros se pueden cobrar directamente en los puntos de venta oficiales de Loterías y Apuestas del Estado. En este caso, el pago es inmediato y no requiere de trámites adicionales, más allá de acudir con el décimo premiado a dicho establecimiento.

En el caso de los premios iguales o superiores a los 2.000 euros, deben cobrarse directamente en entidades financieras autorizadas para tal efecto. Además, el propio banco se hará responsable de identificar al ganador y aplicará la retención fiscal correspondiente antes de entregar el dinero. La entidad también solicitará el original de tu documento de identidad (que deberá estar en vigor) y cumplimentar los formularios relacionados con la ley orgánica de protección de datos personales (LOPD).

3. ¿Y cuánto se queda Hacienda? En cuanto a la parte del premio que Hacienda se queda en concepto de impuesto, se ha extendido el mito de que es una cantidad en torno a la mitad del premio. Sin embargo, desde el año 2018, las normas vigentes señalan que los primeros 40.000 euros de premio por cada décimo están exentos de retención fiscal. Ahora bien, todo importe que supere esa cifra queda sometido a una retención de un 20%, aplicada directamente por el banco en el momento del cobro.

Este cálculo es definitivo: el premio no se declara en la renta y la retención no genera ajustes posteriores. Algo que aplica por igual a otros sorteos públicos organizados en España y a los de entidades equivalentes de la Unión Europea, como pueden ser los sorteos de la ONCE, de la Cruz Roja o similares.

4. ¿Y si tengo varios décimos? ¿O si me tocan varios premios? Es importante entender que esta exención se aplica para cada décimo y no por cada persona. Cada décimo se analiza y tributa de forma independiente. También es esencial tener en cuenta que cada décimo puede contener más de un premio. La retención sólo se aplicará a aquellos premios que excedan de esta cantidad, de modo que todos los premios que no excedan esta cantidad por décimo o apuesta están libres de impuestos.

5. Décimos compartidos: puntos de dolor y cómo evitarlos. Compartir un décimo entre amigos, familiares o compañeros es una tradición muy española, pero también un punto crítico donde Hacienda presta mucha atención. Si no se gestiona bien, el reparto del premio puede considerarse una donación, lo que implicaría pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

En el caso de que el premio supere los 2.000 euros, el primer paso es que todos los participantes de ese décimo acudan a la entidad bancaria, siendo requisito que cada uno se identifique con su documentación oficial. Además, cada uno debe firmar su porcentaje de participación en dicho décimo premiado. De este modo, queda constancia oficial de que el premio pertenece a varias personas desde el origen.

En cuanto a la exención fiscal de los primeros 40.000 euros de premio, esta se distribuye proporcionalmente según el porcentaje de participación en el décimo.

6. ¿Cuál es el plazo máximo para cobrar el premio? El Sorteo Extraordinario de Navidad se celebra el 22 de diciembre y el plazo máximo para cobrar el premio es de algo más de tres meses desde que la Lotería tiene lugar. Así, en la edición de los próximos días, se podrá cobrar el premio obtenido hasta el 23 de marzo de 2026. Pasado ese plazo, el derecho caduca y el dinero se pierde, algo que, contrario a lo que pudiera parecer, sucede todos los años.

7. Una vez cobrado... ¿qué hago con el premio? Este es un momento clave ya que la reacción habitual de muchos agraciados es comenzar a gastar de forma acelerada. De hecho, según un estudio de la Universidad Abierta de Cataluña (UOC), el 70% de los agraciados en sorteos de lotería terminan arruinados en cinco años. Por ello, lo ideal es dejarse aconsejar por profesionales que nos ayuden a tomar la mejor decisión y nos acompañen en el proceso recomendándonos qué hacer en cada momento. Además, es importante tener en cuenta:

No tomar decisiones impulsivas: los días posteriores al sorteo no son el mejor momento para comprar un coche, una casa o hacer grandes desembolsos económicos. La euforia distorsiona el juicio y puede generar arrepentimientos costosos.

No tener un plan de inversión: en un contexto de inflación, mantener grandes cantidades de dinero inmóvil en una cuenta corriente implica perder poder adquisitivo cada año. Invertir con criterio es esencial, adaptando la estrategia al perfil de riesgo de cada persona.

No amortizar una hipoteca sin analizar el caso concreto: es una de las cosas más habituales que hace la gente con el premio. Sin embargo, no siempre es buena idea liquidar completamente la hipoteca. Si la vivienda se compró antes de 2013, existe una deducción del 15% en el IRPF sobre un máximo anual de 9.040 euros. Cancelar la hipoteca elimina este beneficio.

No planificar la fiscalidad a medio plazo: aunque el premio en sí no tributa en la renta, lo que hagas con él sí puede tributar: inversiones, donaciones, adquisiciones patrimoniales, etc. Una mala planificación puede tener un coste considerable.


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