¿Afectado por la cancelación de un vuelo de Ryanair por la huelga? Esto cubre el seguro
En medio del caos provocado por la aerolínea Ryanair, cada vez son más los pasajeros preocupados por su situación en caso de verse afectados por la huelga para los tripulantes de cabina de pasajeros (TCP), que comienzó los pasados 24, 25 y 26 de junio con retrasos en varias terminales, y que continuará los días 30 de junio y 1 y 2 de julio.
Ante esta circunstancia, es bueno saber que la mayoría de los seguros de viaje cubre la cancelación de un vuelo a causa de una huelga. Además, la indemnización es compatible con la de la línea aérea que causa el prejuicio. Sin embargo, el Consejo General de Mediadores ha recordado que “es imprescindible ver las coberturas y condiciones de contratación que pueden variar de una compañía a otra o, incluso, no estar contempladas”.
Para la organización más importante de mediadores “muchas de las pólizas de viajes establecen indemnizaciones en caso de pérdida o cancelación de vuelos e, incluso, retrasos”. No obstante, señala que “las convocatorias de huelgas introducen otros factores a tener en cuenta, puesto que la compañía puede no anular el vuelo previamente sino a partir del momento en que no tiene los medios humanos necesarios para realizarlo por inasistencia de parte o toda la tripulación" ha agregado.
En el caso que el pasajero no pueda volar en las condiciones contratadas debe reclamar directamente a la compañía y, si tiene una póliza de viaje con esa cobertura, solicitar a la aseguradora la correspondiente indemnización, según han indicado los expertos. Además, para recuperar el dinero será necesario aportar una prueba fehaciente de la cancelación oficial del vuelo, que deberá solicitar al personal de la compañía, han añadido.
Por esa razón, los especialistas recomiendan conservar las facturas y justificantes de todos los gastos debido a la cancelación: comidas, hoteles, taxis, etc. Además, el pasajero puede demandar los llamados derechos de compensación. Se trata de una cantidad de dinero que varía en función de los kilómetros que iba a recorrer el vuelo afectado y del tiempo de antelación con el que la aerolínea ha anunciado la cancelación, según el Consejo General de Mediadores.
Adicionalmente, si considera que la aerolínea no atiende debidamente a sus derechos puede presentar una reclamación ante AENA.
No obstante, si el vuelo no se ha cancelado, pero sufre una demora, hasta que no se superen las dos horas de retaso no habrá posibilidad de reclamación alguna. A partir de ese momento, se podrá exigir una indemnización “si el vuelo se retrasa tres horas y, si el tiempo de espera supera las cinco horas se tendrá derecho de reembolso y un vuelo de vuelta al punto de partida”, han manifestado desde el organismo.
Una vez superadas las dos primeras horas de retraso, el usuario tiene derecho de información -la compañía aérea debe ofrecerle un impreso donde figuren las normas de asistencia y compensación - y derecho de asistencia -la compañía debe ofrecer comida y bebida en función del tiempo de espera, así como dos llamadas telefónicas o mensajes de correo electrónico-, han apuntado los expertos.
Además, si la salida se produjera al día siguiente o días más tarde, también deben ofrecerle alojamiento en un hotel y transporte entre éste y el aeropuerto.